Cuando una persona incurre en la acción de tomar bien sea propiedades, bienes o trabajo que corresponde a otra sin tener su consentimiento se presume que ha cometido un hurto. Ahora bien el hurto está calificado en California de dos modos siendo uno de ellos el hurto menor, y otro el hurto mayor.

El eje central de este artículo se refiere al hurto mayor consagrado por la regulación jurídica 487 PC, dicho hurto es aquel que ocurre cuando el bien, trabajo o propiedad objeto de una apropiación indebida está valorado por 950$ o un monto más elevado.

Por si lado, referente a la calificación penal que se le otorga a este tipo de crimen el mismo es procesado como wobbler, es decir que de acuerdo al criterio del fiscal el mismo puede formular una acusación basada en un crimen ya sea mayor o menor una vez estudiado el caso y lo que el mismo involucra, así como los antecedentes criminales del implicado. En cuanto a las sanciones de las que dispone la autoridad judicial para castigar a quien sea declarado responsable penalmente por la comisión de hurto mayor, las mismas abarcan penas de encarcelamiento que pueden llegar a ser de tres (3) años, el pago de multas y cualquier otra que se estime conveniente siempre y cuando sea permitida por la ley.

Tome muy en cuenta que solo corresponde a una persona enfrentar cargos por hurto mayor cuando el valor de la propiedad objeto de la apropiación indebida es de 950$ o corresponde a un monto superior, ya que de no ser así, es decir si la propiedad involucrada está por debajo de los 950$ el crimen debe ser procesado como hurto menor, la cual es una conducta criminal diferente punible con sanciones menos severas.

Cuando la fiscalía levanta una acusación contra un sujeto por ser sospechoso de haber participado en la comisión de algún hurto mayor, tal situación no quiere decir de forma necesaria que el acusado vaya a ser declarado responsable penalmente ante la corte, pero sí que se va a instaurar todo un procedimiento judicial donde el fiscal deberá demostrar por medio de pruebas sólidas que el supuesto involucrado incurrió en una serie de acciones que son necesarias para que la autoridad judicial lo condene por este tipo de hurto. A su vez el supuesto involucrado también tendrá pleno derecho para presentar sus pruebas y alegatos pertinentes ante la corte, dirigidos a demostrar que la acusación del fiscal no es cierta y que por ende la autoridad judicial debe declararlo inocente. Son bastantes las estrategias que un sospechoso por hurto puede usar para su defensa, pero al ser la metería legal algo complejo y extenso lo más recomendable este se encuentre representado por un abogado preparado, que analice toda su situación, asuma su defensa y se encargue de todo lo que el procedimiento judicial involucra, ya que solo así podrá elevar sus posibilidad de obtener un veredicto favorable, es decir un fallo que declare su inocencia y no su culpabilidad.

Si la fiscalía lo acusó como sospechoso de Hurto Mayor en All of California, lo más importante es que mantenga la calma, pero que tome acciones inmediatas consultando su caso con un experto que lo asesore desde el inicio y lo represente. A tal efecto un abogado del reconocido bufete California Criminal Lawyer Group, puede ser su aliado especial, solo debe ir a sus oficinas o pedir una cita llamando a su línea de atención telefónica.

En California Criminal Lawyer Group, localizado en Anaheim, California, comprenden los sistemas legales y judiciales y le brindaran el mejor asesoramiento legal posible. Ya sea que se enfrente a una pequeña persona o a una gran empresa, están listos para revisar todas las pruebas de su caso. También pueden entrevistar a testigos y hacer todo lo que la ley permita para demostrar su inocencia.

 ¿Qué abarca el término hurto mayor según las leyes de California?

Es una conducta criminal perteneciente a la categoría de crímenes de robo en California, cuyo fundamento jurídico está asentado en la regulación 487 PC (Código Penal), que establece de manera clara que toda persona que tome el trabajo, la propiedad (mueble -inmueble) o el dinero correspondiente a otra, sin tener su consentimiento, y cuyo valor está estipulado entre los 950$ o un monto superior debe responder ante la justicia por cometer un hurto mayor.

Ejemplos

  • Una chica que entra a una tienda donde exhiben valiosas joyas, y toma un valioso anillo cuyo costo es de 3.000$ y se lo lleva.
  • El encargado de la administración de un negocio que toma de las cuentas unos cuantos miles de dólares sin consentimiento del dueño.
  • Un joven que entra a un edificio y toma una laptop y otros artefactos cuyo valor supera los 2.000$

¿Qué elementos conforman el crimen?

Cuando la fiscalía levanta una acusación contra un sujeto por ser sospechoso de haber participado en la comisión de algún hurto mayor, no basta con esa acusación para que el involucrado sea declarado culpable, el fiscal deberá demostrar por medio de pruebas sólidas que el supuesto involucrado incurrió en una serie de acciones que son necesarias para que la autoridad judicial lo condene por este tipo de hurto. Dichas acciones están claramente señaladas por la ley y se denominan elementos constitutivos del crimen, cuando el fiscal no logra demostrar que se configuró por lo menos uno de esos elementos el caso debe ser descartado.

En relación al hurto mayor este se encuentra clasificado en varios tipos, por ende cada uno de esos tipos cuenta con elementos específicos, que se mencionan adelante:

  • Hurto mayor debido a robo.
  • Gran hurto debido a un falso pretexto.
  • Gran hurto debido a engaño.
  • Hurto debido a malversación.

Hurto mayor debido a robo

Este tipo específico de hurto se concreta cuando una persona se lleva de forma física la propiedad física que corresponde a otro.

Para que una persona sea declarada responsable penalmente por cometer este prototipo de hurto el fiscal adscrito al caso debe demostrar ante la autoridad judicial que la misma incurrió en todo lo siguiente:

  • El presunto involucrado tomó posesión respecto a una propiedad que corresponde a otro.
  • Dicha acción por parte del presunto involucrado fue ejecutada sin tener consentimiento por parte del dueño legítimo de dicha propiedad.
  • El propósito perseguido por el presunto involucrado al tomar la propiedad era:
  1. De forma definitiva privar al dueño legítimo de su propiedad.
  2. Quitar al dueño legítimo su propiedad por un extenso lapso de tiempo, con la finalidad de despojarlo de parte importante de la misma o del disfrute de su valor.
  • El presunto involucrado movió la propiedad, para lo cual no se debe tener en cuenta si el trayecto recorrido fue breve, y además que tuvo dicha propiedad en su poder por un lapso de tiempo, sin tener en cuenta la brevedad de dicho tiempo.

Gran hurto debido a falso pretexto

Este corresponde a otro de los modos en que usualmente se presenta el hurto mayor, el cual se encuentra tipificado por la regulación 532 PC

Para que una persona sea declarada responsable penalmente por cometer un  hurto de esta naturaleza el fiscal adscrito al caso debe demostrar ante la autoridad judicial que la misma incurrió en todo lo siguiente:

  • El presunto involucrado de forma intencional y teniendo conocimiento engaño a otra persona al proporcionarle información falsa (lo que se conoce también como “pretender falsamente”)
  • El presunto involucrado emitió a otro algún falso pretexto con la finalidad de persuadirlo para que le otorgara su consentimiento a efectos poder de tomar propiedad de su posesión.
  • Esa otra persona (víctima) debido a la falsa pretensión accedió a dar su consentimiento para que el presunto involucrado tomará propiedad de su posesión.

Acotaciones

  • Lo primero que se evidencia es que el presunto involucrado debe haber empleado una pretensión falsa, es decir debe haber perseguido como objeto engañar a otra persona cuando:
  1. le dio información que conocía era falsa
  2. imprudentemente afirmó que cierta información era real sin contar con razones que efectivamente le hicieran pensar eso.
  3. Omitió dar información que estaba en el deber de brindar.
  4. Hizo promesas las cuales no pretendía cumplir.
  • La víctima debe haber puesto su confianza en el presunto involucrado, lo que significa que le entregó su propiedad al tomar como cierta la falsa pretensión que este último le dio. Lo cual deja en claro que la falsa pretensión es uno de los motivos principales por los que una víctima entregó su propiedad, pero esto no quiere decir que dicho motivo fue el único que justificó su acción.
  • Los medios probatorios empleados para dejar en evidencia una falsa pretensión están obligados a cumplir ciertos requisitos. Por ende la fiscalía adscrita al caso requiere alguna de las siguientes evidencias:
  1. Una ficha o escritura falsa, son ejemplos de esto los documentos falsos como contratos o cheques.
  2. Un escrito que contenga una falsa pretensión escrita a mano por el presunto involucrado que contenga su firma.
  3. El testimonio manifestado mínimo por dos personas o por una que vaya acompañado por una prueba.

Cabe destaca que el motivo de que la ley exija tales requisitos a efectos de demostrar una falsa pretensión ligada a u hurto mayor es que comúnmente termina siendo fácil que una persona intervenga en un convenio comercial vinculado a la entrega de cierta propiedad, pero que luego de pensar mejor las cosas decida levantar una falsa acusación contra esa otra persona por haber dado falsas pretensiones para obtener la propiedad. Las leyes de California asumen que es viable que ocurra tal situación y por tal razón tratan de evitarla pidiendo el testimonio mínimo de dos (2) personas antes de promulgar una condena justificada en un hurto mayor con falsas pretensiones.

Gran hurto debido a engaño

Este es otro de los modos en que usualmente se presenta el hurto mayor, para que una persona sea declarada responsable penalmente por cometer este tipo de hurto el fiscal adscrito al caso debe demostrar ante la autoridad judicial que la misma incurrió en todo lo siguiente:

  • El presunto involucrado obtuvo una propiedad que corresponde a otra persona teniendo conocimiento de tal situación.
  • El presunto involucrado obtuvo  la propiedad al valerse de fraudes o de engaños que hicieron que el dueño legítimo diera su consentimiento para que éste tomara posesión de su propiedad.
  • El presunto involucrado obtuvo  la posesión sobre la propiedad en cuestión con la finalidad de.
  1. De forma definitiva privar al dueño legítimo de su propiedad.
  2. Quitar al dueño legítimo su propiedad por un extenso lapso de tiempo, con la finalidad de despojarlo de parte importante de la misma o del disfrute de su valor.
  • El presunto involucrado movió la propiedad, para lo cual no se debe tener en cuenta si el trayecto recorrido fue breve, y además que tuvo dicha propiedad en su poder por un lapso de tiempo, sin tener en cuenta la brevedad de dicho tiempo.
  • El dueño legítimo no tenía como finalidad traspasar la propiedad al presunto involucrado.

Este modo de hurto se asemeja al hurto con falsas pretensiones, pero la diferencia principal entre ambos radica en cuando se configura un hurto con pretensiones falsas la supuesta víctima consiente que el presunto involucrado tome tanto la posesión como la propiedad del bien involucrado. Mientras que cuando se configura hurto donde hay engaño la supuesta víctima solo da su consentimiento para que el presunto involucrado tome posesión sobre la propiedad, pero no una propiedad como tal.

Hurto debido a malversación

Para que una persona sea declarada responsable penalmente por cometer este tipo de hurto el fiscal adscrito al caso debe demostrar ante la autoridad judicial que la misma incurrió en todo lo siguiente:

  • Un dueño legítimo de una propiedad puso por confianza en manos del presunto involucrado una propiedad.
  • Un dueño legítimo de una propiedad puso por confianza al presunto involucrado en un puesto de confianza sobre su propiedad.
  • El presunto involucrado empleó fraudulentamente la propiedad en cuestión con la finalidad de obtener una ganancia.

Acotación:

  • No importa que la intención del presunto involucrado haya sido regresar la propiedad hurtada, de igual modo es viable que resulte condenado por hurto debido a malversación.

¿Qué sanciones tiene disponibles la autoridad judicial para imponer a través de una condena justificada en hurto mayor?

Un hurto mayor en concordancia la regulación 487 PC es procesado en California como wobbler, es decir que de acuerdo al criterio del fiscal el mismo puede formular una acusación basada en un crimen ya sea mayor o menor una vez estudiado el caso y lo que el mismo involucra, así como los antecedentes criminales del implicado.

Este tipo de hurto procesado como un crimen de índole menor conlleva como posibles sanciones:

  • Encarcelamiento del condenado por el lapso que no supere un año, y que debe cumplirse en una cárcel estatal.

Mientras que cuando es procesado como un crimen de índole mayor conlleva como posibles sanciones:

  • Libertad bajo prueba por delito mayor, anexo a encarcelamiento del condenado por el lapso que no supere un año, y que debe cumplirse en una cárcel bajo la potestad del condado.

Pero se pueden presentar otras circunstancias que dan lugar a que se impongan sanciones diferentes, las que se mencionan a continuación:

Hurto mayor cuando el mismo involucra armas de fuego

Cuando una persona al momento de cometer un hurto de índole mayor se vale del uso de cualquier arma de fuego, dicha conducta debe ser procesada como delito mayor, lo que significa que no existe posibilidad alguna de formular cargos por la ejecución de un crimen menor.

De ser el caso, las penas disponibles son:

  • Encarcelamiento del condenado por el lapso de 16 meses, de dos o de tres años, y que debe cumplirse en una cárcel estatal.

Además una condena justificada en hurto mayor se considera como strike en relación a la ley de reincidencia. Esta es una regulación que establece que cada vez que una persona cometa cierta categoría de delitos graves, de lo cual resulte una condena debe ser castigado con mayor rigurosidad.

En tal sentido un primer crimen considerado strike involucra la imposición de la pena establecida a nivel legal, un segundo crimen considerado strike involucra la imposición de una pena igual al doble de la que corresponde por el delito en cuestión, pero un tercer crimen considerado strike involucra la imposición de una pena que puede ser de 25 años, pero que incluso puede llegar a durar para toda la vida.

Mejoras de condena por penalización

Agregadas a las penas señaladas con anterioridad cuando los cargos derivados de hurto mayor son procesados como delito mayor, es viable que la autoridad judicial dicte una pena de encarcelamiento que se considera adicional pero consecutiva la pena original, pero esto sólo resulta aplicable cuando el valor de la propiedad en cuestión resulta particularmente alto.

Dichas mejoras por penalización son:

  • De un año, cuando la propiedad hurtada vale más de 65.000$
  • De dos años, cuando la propiedad hurtada vale más de 200.000$
  • De tres años, cuando la propiedad hurtada vale más de 1.300.000$
  • De cuatro años, cuando la propiedad hurtada vale más de 3.200.000$

Varios cargos por hurto mayor debido a un mismo caso

Cuando una persona afronta diferentes acusaciones por hurto, es viable que la misma sea condenada por cada una de esas acusaciones. Ahora bien cuando estos hurtos son resultado del mismo plan o esquema, y tal situación es demostrada ante la autoridad judicial, únicamente se puede levantar una acusación por hurto.

Lo anterior se explica mejor en el siguiente ejemplo:

Robert quien tiene a su cargo administrar una empresa, ha tomado de las cuentas de la misma el monto de 1.500$ en dos ocasiones diferentes, para una suma total de 3.000$ . El fiscal adscrito al caso pueden levantar dos acusaciones fundadas en hurto mayor, pero si Robert es asistido por un buen abogado, el mismo puede hacer lo necesario para dejar en evidencia que los dos hurtos surgieron en razón de un mismo plan, por lo que los cargos pueden reducirse y pasar de ser dos a solo uno.

¿Qué puede hacer un presunto involucrado para desvirtuar la acusación levantada por la fiscalía?

Cuando la fiscalía levanta una acusación contra un sujeto por ser sospechoso de haber participado en la comisión de algún hurto mayor, tal situación no quiere decir de forma necesaria que el acusado vaya a ser declarado responsable penalmente ante la corte, pero sí que se va a instaurar todo un procedimiento judicial donde el fiscal deberá demostrar por medio de pruebas sólidas que el supuesto involucrado incurrió en una serie de acciones que son necesarias para que la autoridad judicial lo condene por este tipo de hurto. A su vez el supuesto involucrado también tendrá pleno derecho para presentar sus pruebas y alegatos pertinentes ante la corte, dirigidos a demostrar que la acusación del fiscal no es cierta y que por ende la autoridad judicial debe declararlo inocente. Son bastantes las estrategias que un sospechoso por hurto puede usar para su defensa, pero al ser la metería legal algo complejo y extenso lo más recomendable este se encuentre representado por un abogado preparado, que analice toda su situación, asuma su defensa y se encargue de todo lo que el procedimiento judicial involucra, ya que solo así podrá elevar sus posibilidad de obtener un veredicto favorable, es decir un fallo que declare su inocencia y no su culpabilidad

  • Ausencia de propósito.
  • Reclamos ilegítimos.
  • Consentimiento por parte de la supuesta víctima.
  • Alegaciones erróneas

Contactar un abogado en hurto cerca de mí 

Si la fiscalía lo acusó como sospechoso de Hurto Mayor en Anaheim, lo más importante es que mantenga la calma, pero que tome acciones inmediatas consultando su caso con un experto que lo asesore desde el inicio y lo represente. A tal efecto un abogado del reconocido bufete California Criminal Lawyer Group puede ser su aliado especial, solo debe ir a sus oficinas o pedir una cita llamando a su línea de atención telefónica 714-766-0965, donde están disponibles para atenderle 24/7.