Una agresión tiene lugar cuando un individuo toca directa o indirectamente a otro de forma dañina u ofensiva. Este delito suele confundirse con el asalto. Pero si bien estos forman parte de la misma categoría y están estrechamente vinculados, constituyen delitos distintos, por lo que cada uno tiene sus propios elementos. Por su parte, el asalto no requiere la existencia de un contacto físico, mientras que la agresión sí requiere dicho contacto, el cual debe ser dañino u ofensivo.
La agresión que causa lesiones corporales graves, también conocida como agresión agravada, está consagrada en el Art. 243(d) PC y contempla sanciones mayores que la agresión simple. Estas incluyen una pena privativa de libertad en prisión, el pago de una compensación al agraviado, libertad condicional, o una multa.
Es importante destacar que este delito puede cometerse contra cualquier víctima, sin que sea relevante, que el perpetrador tenga algún tipo de relación con la misma o que esta ejerza un cargo público.
En este artículo, abordaremos las particularidades de este hecho punible. Así como también, sus potenciales sanciones, y las posibles defensas que un abogado puede argumentar en el juicio para que el acusado sea absuelto de los cargos. Además, explicaremos sus diferencias con otros delitos relacionados que están consagrados en la ley penal.
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¿En qué consiste este delito?
De conformidad con la ley de California, consiste en cometer una agresión la cual ocasiona un daño corporal grave a su víctima.
Según el artículo 243(d) PC, la agresión forma parte de los elementos de la agresión agravada, lo cual significa que, a su vez, deben cumplirse todos sus requisitos. Estos se basan en que el acusado debe tocar intencionalmente a otro individuo de forma dañina u ofensiva. En este sentido, el fiscal puede considerar que este contacto físico tuvo lugar, aunque sea muy leve, ya que siempre que provoque un daño grave, será considerado agresión agravada.
Por su parte, la intención requerida hace referencia a que dicho contacto debe ser realizado a propósito o voluntariamente. Aunque no se pretenda quebrantar la ley, ocasionar un daño a la persona, u obtener cualquier tipo de beneficio.
Finalmente, se considera que el contacto físico se realiza de forma ofensiva o dañina cuando es irrespetuoso, violento, grosero, o violento.
¿Cuál es la diferencia entre el asalto y la agresión?
A pesar de que se cree que estos dos términos son sinónimos, cada uno tiene un significado distinto de conformidad con la ley de California.
Por su parte, el asalto está consagrado en el artículo 243(d) PC y consiste en un intento de emplear fuerza o violencia sobre alguien más, por lo que es una acción que es capaz de causar un daño o un contacto físico no deseado. En tanto que la agresión, consiste en la utilización efectiva de fuerza o violencia sobre otra persona.
De esto deriva que, no es necesario un contacto físico para cometer un asalto. Mientras que esto es fundamental para la agresión. En otras palabras, el asalto puede ser entendido como un intento de agresión, mientras que la agresión es el asalto que se ha completado.
¿Qué tipo de lesiones se le deben haber provocado a la víctima?
Para que se imputen cargos por este delito, es necesario que el agraviado haya sufrido lesiones corporales graves. Esta es definida por la ley de California como un daño grave de su condición física. Entre las lesiones que los tribunales del estado de California han considerado graves en el pasado, destacan las fracturas óseas, desfiguración severa, conmociones cerebrales, pérdida de conocimiento, pérdida prolongada, fallo de un órgano o parte del cuerpo, heridas que requieren muchos puntos, o pérdida total de un diente.
Según el artículo 243(d) PC, el jurado debe determinar si la lesión cumple con estas características en función de las circunstancias del caso concreto. Además, no están obligados a considerar automáticamente que la lesión es grave por ser una de las indicadas anteriormente.
¿Qué debe demostrar el fiscal?
De conformidad con la ley de California, existen una serie de elementos constitutivos de este delito, cuya prueba será determinante para que el acusado sea condenado. En este sentido, este solo será declarado culpable si el fiscal demuestra los siguientes elementos por encima de cualquier duda razonable:
- Tocó a alguien más.
- Lo hizo intencionalmente.
- Lo hizo de forma ofensiva o dañina.
- La víctima sufrió una lesión corporal grave.
A continuación, explicaremos en qué consisten cada uno de estos elementos, así como también, cuáles son las evidencias que la fiscalía debe presentar para demostrar su culpabilidad.
1. Tocar a alguien más. Una de las evidencias fundamentales que se deben presentar es que el acusado tuvo un contacto físico con la víctima. Por lo que el fiscal tiene la carga de probar que el acusado inició dicho contacto que produjo la lesión corporal grave. Además de la declaración de la víctima, los testimonios de los testigos que estuvieron presentes cuando ocurrieron los hechos, son esenciales para probar este elemento.
Además, se puede cometer este delito cuando el contacto físico tiene lugar de manera indirecta, a través de la vestimenta de la víctima y/o a través de un objeto utilizado por el acusado para tocarla.
Por otro lado, los tribunales de California han manifestado que se puede cometer este delito al tocar de manera ofensiva, algo que está estrechamente vinculado con el cuerpo de un individuo, pero no es parte del mismo, como su vestimenta o una mochila que esté sosteniendo, siempre que le haya causado una lesión corporal grave.
2. Intencionalmente. El fiscal debe demostrar que usted tocó a la víctima intencionalmente, lo cual debe ser entendido como una actuación voluntaria o a propósito. No obstante, no es necesario que tenga la intención de herir a esta persona, quebrantar la ley, o recibir algún beneficio. Es por esto que podrá ser condenado por este delito si su contacto intencional le causó una lesión grave a la víctima, aunque no haya actuado con la finalidad de herirla.
3. De forma dañina u ofensiva. El fiscal también deberá aportar evidencias que demuestren por encima de cualquier duda razonable, que el acusado realizó el contacto físico de manera ofensiva o dañina, lo cual significa que es violento, grosero, molesto, o irrespetuoso. Algunos ejemplos son empujar o golpear a la víctima.
4. La víctima sufrió una lesión corporal grave. Una lesión física grave consiste en que la condición física de un individuo se encuentra considerablemente afectada. Es importante destacar que no se considera automáticamente que la lesión es grave si la víctima recibió tratamiento médico. Dado que, el jurado es el encargado de determinar la gravedad de la lesión según el caso concreto. Estos incluso pueden considerar que se verifica este elemento si la víctima sufrió un pequeño moretón, según las circunstancias y cuando se verifican los demás elementos del delito.
Por su parte, el fiscal puede demostrar este elemento presentando ante el tribunal los informes médicos que corroboran que la lesión es grave y evita que la víctima pueda realizar sus actividades cotidianas sin inconvenientes.
¿Cuáles son las sanciones contempladas para este delito?
De conformidad con la ley de California, este delito constituye un wobbler, de manera que la fiscalía puede decidir imputarlo como delito menor o mayor, para lo cual evalúa sus antecedentes penales y los hechos del caso.
Si es condenado por este hecho como delito menor, las sanciones previstas son las siguientes:
- Libertad condicional sumaria.
- Un periodo de hasta un año de cárcel en el condado.
- Una multa no superior a 1.000 dólares.
Pero si es condenado por este hecho como delito mayor, las potenciales sanciones son las siguientes:
- Libertad condicional para delitos mayores.
- Encarcelamiento en una cárcel del condado de 2 a 4 años.
- Una multa no mayor a 10.000 dólares.
Por otra parte, ser condenado por un delito mayor conducirá a que sea privado de todos sus derechos relativos a la posesión y propiedad de un arma de fuego. En el supuesto de que adquiera una luego de la condena, es probable que se le imputen cargos ya que esto constituye un delito.
¿Cuáles son los aumentos de pena previstos en la ley?
Si se presentan suficientes pruebas de que la víctima sufrió un daño corporal sustancial, entonces es probable que se imponga una pena adicional al acusado. En este sentido, este se diferencia de la lesión física grave debido a que es considerado un daño físico significativo. Generalmente, involucra lesiones más graves.
En otras palabras, si la lesión de la víctima se considera grave, entonces se impondrán las sanciones que explicamos anteriormente. Pero si su gravedad es tal que se considera un daño sustancial, entonces el tribunal someterá al acusado a sanciones mayores, como una pena de encarcelamiento que oscila entre los 3 y 6 años.
¿Cuáles son las posibles defensas?
Si es acusado por este acto delictivo, existen una serie de defensas que puede argumentar su abogado para evitar que sea declarado culpable y lograr una reducción o desestimación de los cargos que se han presentado en su contra. Entre las más comunes, destacan las siguientes:
- Actuó en legítima defensa de sí mismo o de alguien más. Esta justificación legal tiene lugar cuando se cumplen los siguientes requisitos:
- Pensó razonablemente que usted o un tercero se encontraba frente a un peligro inminente de sufrir un daño corporal.
- Tenía un motivo razonable para creer que la utilización inmediata de fuerza era necesaria para defenderse contra dicho peligro.
- La fuerza que utilizó no excedió la razonablemente necesaria para defenderse de dicho peligro.
- No actuó intencionalmente. Como mencionamos anteriormente, este delito requiere haber tocado a la víctima de manera intencional, incluso si no tuvo la intención específica de ocasionar un daño. Es por esto que, alegar y probar que se trató de un accidente puede conducir a una desestimación de los cargos.
Algunos ejemplos de ello incluyen empujar a alguien accidentalmente cuando intenta pasar por una multitud, o resbalarse y caerse sobre una persona.
- La lesión causada no es grave. Con frecuencia, ocurre que se presentan acusaciones por este delito como un acto de venganza. Por lo que el denunciante intenta hacer ver sus heridas más graves de lo que son en realidad, alegando que las mismas les han ocasionado un dolor intenso, y acudiendo a consultas médicas innecesarias. Es por esto que su abogado se encargará de realizar las investigaciones pertinentes para descubrir la magnitud real del daño causado.
Como señalamos anteriormente, un individuo sólo incurre en este delito si además de cometer una agresión, le causa a la víctima una lesión grave, lo cual será determinado por el jurado según las circunstancias del caso. Es por esto que puede alegar que la lesión no era grave para ser absuelto. Si no se logra probar que ocasionó lesiones graves, pero se logra demostrar la agresión, entonces es probable que los cargos sean reducidos a una agresión simple con arreglo al Art. 242 PC.
¿Cuáles delitos se relacionan con éste?
Existen ciertos delitos regulados en la ley de California, que están estrechamente vinculados con la agresión agravada, pudiendo ser imputados en conjunto con este, o de forma alternativa. A continuación, conoceremos cuáles son.
- Agresión simple. Art. 242 PC. Se comete al realizar un contacto físico intencional, de una forma agresiva o grosera contra cualquier persona. Para este delito, no se requiere que el agraviado sienta un dolor físico o sufra una lesión, por lo que será acusado por el mismo si no le causó una lesión física grave.
Además, si el fiscal no cuenta con evidencias contundentes para respaldar los cargos por la agresión que causa lesiones corporales graves, es posible negociar para que sus cargos sean reducidos a una agresión simple.
En cuanto a sus sanciones, constituye un delito menor para el cual está previsto una libertad condicional sumaria, una pena de hasta 6 meses en una cárcel del condado, o una multa máxima de 2.000 dólares, pudiendo imponerse una o varias de estas con la condena.
- Agresión contra un agente del orden público. Arts. 243b, 243c. Se contemplan sanciones mayores para los perpetradores de agresión que han cometido el delito contra ciertas categorías de funcionarios y profesionales protegidos por la ley, si estos se encontraban en el ejercicio de las obligaciones propias de su cargo. Estos incluyen a los siguientes:
- Oficiales del orden público, como policías u otros agentes encargados de hacer cumplir la ley.
- Agentes de custodia.
- Bomberos.
- Paramédicos o técnicos de emergencias médicas.
- Salvavidas.
- Guardias de seguridad.
- Asistentes de custodia.
- Servidor de proceso.
- Oficiales encargados de la aplicación del código.
- Oficiales de tránsito.
- Oficiales del control animal.
- Miembros de búsqueda y rescate.
- Funcionarios del departamento encargado de la libertad condicional.
- Enfermeras y médicos que proporcionan atención de emergencia.
Si el fiscal puede demostrar que usted sabía o debió haber sabido desde una perspectiva razonable, que estaba cometiendo una agresión contra alguno de estos, entonces se le imputarán cargos por un delito menor y la pena máxima será de un año de cárcel, si no se causaron lesiones.
Pero si provocó una lesión, independientemente de su gravedad, a un individuo que forma parte de alguna de las categorías mencionadas, entonces el delito constituye un wobbler, cuya pena por delito mayor es de 16 meses hasta 3 años. Sin embargo, la pena exacta que le será impuesta será menor si la lesión no se considera grave.
- Agresión doméstica. Art. 243 e 1. Este delito prohíbe la agresión que se comete contra ciertas víctimas en específico, con quienes los perpetradores están relacionados de la siguiente forma:
- Es su cónyuge o ex cónyuge.
- Cohabita con esta persona o solía hacerlo.
- Es su prometido actual o pasado.
- Es una persona con quien ha mantenido una relación de pareja, ya sea actualmente o en el pasado.
- Es el padre o la madre de su hijo.
Cabe destacar que este crimen no requiere que el acusado cause lesiones a la víctima. Asimismo, es un delito menor que acarrea una multa por una suma máxima de 2.000 dólares, y una pena de hasta un año en una cárcel ubicada en el condado. Por otra parte, los condenados a los cuales se les ha permitido someterse a una libertad condicional, deberán inscribirse y completar un programa de tratamiento para agresores.
- Agresión sexual. Art. 243.4 PC. Se trata de una agresión de naturaleza sexual. En este sentido, consiste en cualquier contacto físico con una parte íntima de otro individuo, entendido como sus glúteos, órgano sexual, ingle, ano, o busto; que se realiza con el propósito de gratificarse sexualmente, excitarse, o abusar de este.
Según las circunstancias, este hecho punible puede constituir un delito mayor o menor, pudiendo ser imputado como un delito mayor si la víctima fue retenida ilegalmente o se encontraba internada.
Como delito menor, acarrea una pena máxima de 6 meses a 1 año de encarcelamiento en el condado. En tanto que, por delito mayor, la pena es de 2 a 4 años en prisión estatal. Además, independientemente de que sea condenado por delito menor o mayor, deberá registrarse como un delincuente sexual.
- Abuso de personas mayores. Art. 368 PC. Consiste en provocar intencional o negligentemente, dolor físico o sufrimiento mental injustificado a un individuo de 65 años de edad o mayor. Este hecho punible constituye un wobbler, cuya pena por delito mayor es de 2 a 4 años en prisión estatal, y una cuantiosa multa de hasta 6.000 dólares.
Es importante destacar que, si es acusado de agredir a un individuo de esta edad, es probable que se le imputen cargos por este delito conjuntamente con el de agresión que causa lesiones corporales graves.
- Causar una lesión corporal a una pareja íntima. Art. 273.5 PC. Este delito forma parte de la categoría de violencia doméstica y consiste en infligir cualquier daño físico que le causa dolor y sufrimiento a una de las personas siguientes:
- El padre o madre de su hijo.
- Una persona con quien ha mantenido una relación de pareja, ya sea actualmente o en el pasado.
- La persona con quien convive actualmente o solía hacerlo.
Al igual que la agresión que causa lesiones corporales graves, este delito constituye un wobbler. Si el fiscal decide imputarlo como delito mayor, las potenciales sanciones incluyen un encarcelamiento de 2, 3 o 4 años en una cárcel ubicada en el condado. Además, la condena puede acarrear consecuencias de inmigración para aquellos individuos que no son ciudadanos de la nación, como conducir a su deportación o que sea declarado inadmisible.
Si enfrenta cargos por este delito, su abogado puede implementar una defensa contundente para que los cargos sean reducidos al de lesión que causa lesiones corporales graves.
- Asalto con arma mortal. Art. 245 (a) (1). Consiste en atacar o intentar atacar a otro individuo con un arma mortal o un objeto que es capaz de causar una lesión corporal grave. Este delito puede ser imputado como un delito menor o mayor, siendo su pena máxima un periodo de 4 años en prisión estatal y una multa no superior a 10.000 dólares. Sin embargo, estas sanciones pueden agravarse si el perpetrador utilizó cualquier arma de fuego o la víctima es un bombero o policía.
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